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STS 1597/2024, 28 de Noviembre 2024: RETRACTO ARRENDATICIO. VENTA EN BLOQUE. – Martínez-Paúl Abogados
Martínez-Paúl Abogados

STS 1597/2024, 28 de Noviembre 2024: RETRACTO ARRENDATICIO. VENTA EN BLOQUE.

 Para excluir los derechos de adquisición preferente, tanteo y retracto del arrendatario, es necesario acreditar que la vivienda arrendada se vende conjuntamente con las restantes viviendas del arrendador que formen parte de un mismo inmueble. Cuando sea posible identificar individualmente la propiedad de cada piso, junto con su independencia física, jurídica y el precio correspondiente, resulta procedente ejercitar derecho de retracto.