Interpretación del art. 101 TJUE, leído a la luz del principio de efectividad, y del art. 10.2 de la Directiva 2014/104/UE. Se oponen a una normativa nacional, tal como es interpretada por los órganos jurisdiccionales nacionales, según la cual, a efectos de la determinación del momento a partir del que comienza a correr el plazo de prescripción aplicable a las acciones por daños por infracciones de las normas sobre competencia ejercitadas a raíz de una resolución de la autoridad nacional de competencia por la que se declara la existencia de una infracción de esas normas, puede considerarse que la persona que se estima perjudicada ha tenido conocimiento de la información indispensable que le permite ejercitar la acción por daños antes de que dicha resolución sea firme.
El TJUE se pronuncia sobre la prescripción de la acción para reclamar una indemnización por el cártel de coches
- Resolución de 22 de abril de 2025, de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 15 de abril de 2025, por el que se establecen los términos y condiciones del primer tramo de la línea de avales a financiación concedida a empresas establecida por el Real Decreto-ley 4/2025, de 8 de abril, de medidas urgentes de respuesta a la amenaza arancelaria y de relanzamiento comercial.
- Inclusión laboral de personas con discapacidad