Martínez-Paúl Abogados

VIAJES COMBINADOS: Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Sala Décima, Sentencia de 23 Oct. 2025

Derecho del viajero a una reducción adecuada del precio. Esa reducción puede corresponder al reembolso total, aunque se haya beneficiado de una parte de los servicios, cuando la falta de conformidad sea de tal gravedad que el viaje combinado deje de tener objeto y, por tanto, ya no tenga objetivamente interés para ese viajero.