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SENTENCIA TRIBUNAL SUPREMO. Quién debe pagar el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados de las hipotecas. – Martínez-Paúl Abogados
Martínez-Paúl Abogados

SENTENCIA TRIBUNAL SUPREMO. Quién debe pagar el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados de las hipotecas.

El Pleno de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha sentenciado por unanimidad que quien debe pagar el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados de las hipotecas es el cliente y no la entidad financiera. Esta es la práctica que se ha mantenido desde siempre, algunas Audiencias Provinciales habían estimado las peticiones de los hipotecados y considerado abusivo cargarles el impuesto, . El argumento principal era que el beneficiado por que la hipoteca quedara registrada era el banco, y por tanto, debía ser éste quien afrontara el impuesto.

La Sala de lo Civil ha resuelto lo contrario. Los magistrados se han centrado en que es la ley la que establece que es el prestatario el sujeto pasivo del impuesto. En esa línea -y aunque no obligaba estrictamente a la Sala Civil- ya se había pronunciado anteriormente la Sala de lo Contencioso Administrativo del Supremo.

Anteriormente la Sala Civil del Supremo había considerado abusivo imponer al cliente todos los gastos de constitución de la hipoteca. Ese criterio se mantiene, por lo que siguen siendo correctas las decisiones judiciales que asignan a las entidades otros gastos hipotecarios distintos del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados.

La decisión del Supremo ha sido adoptada por unanimidad, lo que no hace previsible que la disputa pueda tener recorrido en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.Nota Sala de lo Civil TS 28 feb 2018