El 23 de diciembre de 2010 entró en vigor la Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio, de reforma del Código Penal, que introdujo la responsabilidad penal para las personas jurídicas.
Recientemente, el 1 de julio de 2015, entró en vigor la Ley Orgánica 1/2015, que desarrolla en profundidad esa responsabilidad penal y los requisitos y elementos que deben concurrir para que la empresa pueda quedar eximida de responsabilidad. Con la nueva ley, las empresas pueden quedar exoneradas si aplican correctamente el Compliance (cumplimiento), destinado a implantar una cultura de control y prevención en el área empresarial.
Para atender a esta necesidad ofrecemos nuestro servicio de Compliance que analiza las características de cada empresa y aconseja acerca de la mejor forma de organizar el programa de Compliance mediante un sistema de prevención de riesgos penales, y asesora en la confección, implantación y desarrollo de políticas y procesos de prevención adaptados a la actividad de la empresa.
En el acceso directo COMPLIANCE podrán encontrar artículo del despacho sobre el Compliance y su necesidad en la empresa.